RECURSO SOLO PARA MUJERES CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:
DERIVADAS DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD: VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO - PUEDEN ADMITIR MUJERES QUE TENGAN SOLO UN TRASTORNO PSIQUIATRÍCO QUE NO SEA CASO DE CONSUMO PROBLEMÁTICO.
La cuota no es un requisito, por lo que con la derivación de un psiquiatra y una trabajadora social del Servicio Murciano de Salud es suficiente. El centro está subvencionado, pero la subvención no cubre el tabaco, productos de higiene y salidas culturales-lúdicas, por lo que son ellas mismas quien deben pagar lo mencionado, o la familia encargarse de la compra del tabaco y los productos de higiene y traerlos al centro. Si la usuaria no cuenta con apoyo familiar, y carece de recursos económicos, se contacta con Servicios Sociales para conocer si existe alguna ayuda para cubrir lo mencionado.
Nos gustaría resaltar que, la cuantía económica no es un requisito de acceso al recurso, ya que si un psiquiatra y una trabajadora social del servicio murciano de salud, realiza la derivación para nuestro recurso, se haría entrevista inicial, y si la usuaria cumple el perfil, ingresaría en el recurso, independientemente de sus ingresos económicos.